lunes, 4 de octubre de 2010

Las normas, para todos igual

Las normas tienen que ser de obligado cumplimiento para todas las partes.

Todo fue pavorosamente sorprendente. Dos casos de "potencial violación del reglamento", que de momento no acarreaban sanción, salían a la luz pública como sendos casos de positivo, antes de que les llegase la notificación a los propios interesados, como establece el protocolo de la Unión Ciclista Internacional, y un tercer caso, el primero cronológicamente en ser conocido, era desvelado también en pleno proceso de investigación porque hay indicios razonables de que pode estar motivado por una contaminación alimentaria.

Desde que estes casos fueron dados a conocer, especialmente el de Alberto Contador, que tiene la investigación aberta, el ciclista ya fue sometido a millones de juicios paralelos, pocos totalmente asépticos, que pueden acabar influyendo en la decisión final, porque cada día sale un "experto" diciendo una cosa nueva y contundente.

Un ciclista no pudo salirse de la norma 0.05 nanogramos/mililitro, pero los estamentos oficiales, los laboratorios si que pueden saltarlas con pértiga, sin importarles si dejan marcada para siempre, injustamente, a una persona y manchan todo su entorno. ¿Podemos hablar de establecer un sistema de tolerancia cero cuando las normas son de obligado y estricto cumplimiento solo para una de las partes?

Los intereses económicos mandan: un favor a un medio de comunicación influyente desde un estamento oficial para intentar cobrarse otro o una publicidad gratuíta inmensa para un laboratorio (ahora todo el mundo sabe que un laboratorio de Colonia tiene capacidad para detectar 0.05 nanogramos/mililitro de clenbuterol). Otros se suman a la romería diciendo que pueden medir restos de plástico en la orina y vendrán más que medirán metales nobles, piedras preciosas y aromas, aunque, a este paso, va a resultar necesario que apareza un laboratorio que pueda medir conciencias.

Cada cual tendrá que asumir sus responsabilidades llegado el momento, pero... ¿por qué una filtración de este tipo desde un laboratorio no acarrea inmediatamente una sanción a esa empresa de por lo menos de dos años para trabajar con estamentos deportivos? ¿Por qué una filtración desde un organismo oficial no exige la inhabilitación de dos años a nadie? Tolerancia cero ¿para quién?, ¿solo para el ciclista?

Saludos y buenos vientos

No hay comentarios:

Publicar un comentario